domingo, 28 de septiembre de 2014

Delito contra la propiedad intelectual

Delito contra la propiedad intelectual
La normativa penal española recoge una serie de delitos que castigan las acciones contrarias a la propiedad intelectual en los artículos 270 y siguientes.

Este tipo de delitos protegen los intereses económicos que derivan de los derechos de explotación exclusiva de los que gozan los titulares de la propiedad intelectual sobre una obra.

 En primer lugar, la conducta que el legislador castiga son aquellas acciones típicas que consisten en reproducir, distribuir, plagiar o comunicar públicamente la obra literaria, artística o científica. A ello se añaden estas mismas acciones pero en la obra derivada y las interpretaciones artísticas de las obras fijadas en cualquier tipo de soporte o comunicadas a través de cualquier modo siempre sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual.

El apartado dos recoge la acción por la que lo que se castiga es la importación, exportación o almacenamiento delos ejemplares en los que se materializan las obras, producción o ejecución del apartado anterior sin dicha autorización.

Toda esta normativa penal está vinculada indudablemente con normativa propia del Derecho Mercantil y el Derecho Penal actúa en este sentido como accesorio a fin de proteger un derecho cuyo contenido es propio de la esfera mercantil.

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