lunes, 16 de septiembre de 2013

¿Quiénes son los sujetos activos de los delitos societario?

El Código Penal recoge los delitos societarios en los artículos del 190 al 197. En ellos, se hace referencia, como responsables de estos delitos a los administradores de hecho o de derecho de las sociedades. Pero, ¿qué debemos entender por estas figuras?

Los administradores de derecho hacen referencia a las personas que se encuentran dentro de los órganos de administración de las empresas, cuando su nombramiento haya sido formal y estén inscritos en el registro.

Por su parte, los administradores de hecho serían aquellas personas que, sin un nombramiento formal o cuando este ya ha caducado, realizan funciones de administración para la sociedad. 

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